Ke-lu fotografías es una empresa que en la actualidad no se
encuentra constituida legalmente, por cual, se debe hacer una serie de
diligencias, para cumplir con los requerimientos legales, para la conformación
de la empresa como persona natural en el mercado, y para llevar acabo el
negocio online.
1.
Verificar que el nombre
de la empresa no esté siendo utilizado por otra en los registros públicos.
2.
Ejercer la actividad del
lugar en el cual se va abrir el negocio (uso de suelo).
Antes de escoger
el lugar para destinar la actividad comercial, se debe revisar si es permitido
en la dirección escogida.
3.
Se debe consultar el
código de clasificación CIIU de la actividad comercial.
4.
Consultar y diligenciar
los formularios para la matricula, los cuales deben ser diligenciados con
totalidad y firmados por la persona natural.
5.
Obtener NIT.
6.
Realizar el proceso de
matrícula, al tener listos todos los documentos.
7.
Obtener la credencial.
8.
Calcular y cancelar la
tarifa registros públicos.
9.
Realizar los deberes
posteriores a la inscripción:
·
Solicitud de numeración
de la facturación ante la DIAN.
·
Certificados de seguridad
bomberos
·
Concepto sanitario
·
Derechos de Autor
·
Informar a la Estación de
Policía la Apertura del Establecimiento
·
Pago del Impuesto de
Industria y Comercio y Estatuto Tributario
·
Registro de Marca de
Propiedad
·
Permisos de Publicidad
Visual Exterior, Marquesina y Espacio Público.
Según
la clasificación de as empresas en la resolución 312 de 2019, Ke-lu
fotografías, al contar con un total de 3 empleados, se considera una MICRO7
teniendo en cuenta el análisis de la clasificación en Colombia, por el tamaño
empresarial, en el Departamento Nacional de Planeación, las microempresas son
aquellas que cuentan con un total de trabajadores no superior a diez (10). Esta
clasificación también puede variar dependiendo de los activos de la empresa,
pero para la definición de estándares mínimos realizada por el Ministerio del Trabajo,
los activos de la empresa no son relevantes.
De
acuerdo con la clasificación de empresas en la Resolución 312 de 2019,
pertenecen a las MICRO7 todas las empresas, empleadores y contratantes que
cumplan con TODAS las siguientes condiciones:
·
Diez (10) o menos
trabajadores
·
Clasificadas con riesgo
I, II ó III
Estas
empresas deberán cumplir con los siguientes siete (7) ítems establecidos en el
artículo 3 de la Resolución 312 de 2019:
- Asignación de persona que
diseña el Sistema de Gestión de SST,
- Afiliación al Sistema de
Seguridad Social Integral,
- Capacitación en SST.
- Plan Anual de Trabajo.
- Evaluaciones médicas
ocupacionales.
- Identificación de
peligros; evaluación y valoración de riesgos.
- Medidas de prevención y
control frente a peligros/riesgos identificados.
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